Restricción del tráfico de las estaciones de trabajo

En la red antivirus Dr.Web Enterprise Security Suite es posible limitar la velocidad de transferencia de datos entre el Servidor y los Agentes. La configuración se divide en restricciones de la transferencia de actualizaciones y restricciones de la transferencia de datos durante las instalaciones del Agente.

Se proporcionan las siguientes opciones de restricción de tráfico:

1.Limitación de la velocidad de datos total a todas las estaciones.

Configuración se realiza en la sección de configuración del Servidor: elemento del menú principal Administración → elemento del menú principal Configuración del Servidor Dr.Web → pestaña Tráfico → interno pestaña Actualizaciones o Instalaciones → parámetro Limitar el tráfico de actualizaciones o Limitar el tráfico al instalar Agentes respectivamente.

2.Limitación personal de la velocidad de transferencia de datos durante la actualización para las estaciones específicas o grupos de estaciones.

La configuración se realiza en la sección de configuración de las estaciones: elemento del menú principal Red antivirus → seleccionar una estación o grupo en la lista jerárquica de la red → elemento del menú principal Limitaciones de actualizaciones → parámetro Limitar el tráfico de actualizaciones.

La restricción de tráfico se realiza de acuerdo con el siguiente principio:

1.Si la restricción en la velocidad de transferencia de datos total está habilitada en la configuración del Servidor, la velocidad de transferencia de datos total del Servidor a todas las estaciones no excederá el valor especificado. En este caso:

a)Independientemente de las diferencias en el ancho de banda de los canales de comunicación entre el Servidor y las estaciones, la velocidad de transferencia de datos se divide por igual entre todas las estaciones.

b)Si la capacidad del canal entre el Servidor y la estación es menor que el valor de velocidad promedio obtenido para una estación de acuerdo con el punto a), para dicha estación se establece un límite de transmisión de datos igual al ancho máximo del canal para esta estación. El valor restante de la restricción general, similar al punto a) se divide por igual para las estaciones restantes.

2.Si se habilita una restricción personal en la velocidad de transferencia de datos en la configuración de un grupo o una estación específica, entonces la velocidad de transferencia de datos a estos grupos o una estación no excederá el valor especificado. Todas las demás estaciones no están limitadas, y los datos se transmiten a la velocidad máxima.

3.Si la restricción de la velocidad de transferencia de datos total está habilitada en la configuración del Servidor, y restricción personal del grupo o estación, luego:

a)La velocidad de transferencia de datos a los grupos o estaciones personalmente limitados no excederá el valor especificado en la sección de configuración de estos grupos y estaciones.

b)Para la transmisión de datos a otras estaciones, la limitación general de la velocidad de datos, considerando la deducción de la restricción de la estación del punto a) se divide en partes iguales.

c)Si la capacidad del canal entre el Servidor y la estación, que no está limitada individualmente, es menor que el valor de velocidad promedio obtenido para una estación de acuerdo con el punto b), para dicha estación se establece un límite de transmisión de datos igual al ancho máximo del canal para esta estación. El valor restante de la restricción general es similar a b) se divide en partes iguales para las estaciones restantes, no limitados individualmente.